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Rebalaje Airsoft Club
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Normas del Club Capítulo I. Requisitos para ingresar en el Club. Art.1 Para el ingreso en el club, el interesado ha de leer, comprender y estar de acuerdo con todos los artículos expuestos a continuación. En el caso de no aceptar dichas normas, no se procederá al ingreso del interesado por parte del club. Art.1.2 Para ingresar en C.D. Rebalaje Airsoft es necesario ser mayor de edad. Deberá abonar la cuota de ingreso y la anualidad, asignada para ellos. Independientemente de la fecha de ingreso en el Club. Art.2 Todo aquel que desee entrar en Club deberá completar un periodo de prueba, finalizado el mismo se le comunicará si aceptado o no en el Club. Art.3 La entrada de un nuevo socio podría ser vetada si más del 50% de los socios se oponen al ingreso de éste. Capítulo II. Cuotas Art.4 Las cantidades de las cuotas, ingreso y de participación serán revisadas por la Asamblea General o Asamblea Extraordinaria siempre que las circunstancias del Club lo aconsejen. Art.5 La cuota del club de la primera anualidad, será del 50% para aquellos socios que se dieran de alta a partir del 1 de Julio. Art.6 La cuota del club se podrá hacer efectiva por los socios a partir del 1 de Enero de cada anualidad, ingresándolo directamente en la cuenta del Club. Art.7 En tanto no se haya hecho efectivo el pago de la cuota, no se podrá participar en las actividades del Club. Art.8 Los Socios que no hayan satisfecho la cuota el día 1 de Marzo del año en curso, dejarán de pertenecer al Club, causando baja sin más comunicación, de acuerdo con lo previsto en los estatutos. La condición de socio se pierde, por falta de pago de las cuotas sociales establecidas.
Capítulo III. Comunicación interna. Art.9 Se empleara como medio de comunicación predominante el foro del club. Art.9.1 Todo miembro del club tendrá derecho a expresar libremente sus opiniones y propuestas, y hacérselas llegar a la directiva para su estudio y presentación a los demás miembros en el menor tiempo posible. Art.9.1 Todo miembro del club podrá acceder libremente al material y documentación del club, bajo petición al encargado del mismo. (Excepto libro de socios.) Art.10 Se fomentara una buena relación entre los miembros del club. Art.10.1 Ante cualquier conflicto entre miembros del club, se ha de intentar solucionarlo directamente entre los afectados, si no se llegara a una solución entre los mismos, la junta directiva se encargara de solucionar el problema, tomando las medidas sancionadoras necesarias. Art.11 Se deberán respetar todas las reglas de juego expuestas en “NORMAS DE JUEGO”, su incumplimiento será motivo de sanción. Art.12 Sera motivo de sanción el incumplimiento de cualquiera de las normas redactadas en este documento. Dicha sanción será dictada por la Junta directiva mediante reunión de la misma y posteriormente comunicada a los infractor/es.
Capítulo IV. Partidas y actividades. Art.12 La organización de partidas estará a cargo de la junta directiva, la cual tomará en cuenta semanalmente la opinión de los miembros del club, fijando la partida en el lugar que más votos reciba. Art.12.1 Cualquier socio podrá organizar una actividad, previa solicitud a la Junta Directiva, mediante la entrega de la hoja de Solicitud de Partida, en la que se detallarán: fecha, lugar, responsables, programa, etc... Una vez admitida, se tendrá la autorización para hacerla pública. Finalizada ésta, deberá entrega la Hoja de Control en la que se detalle la asistencia, incidencias, si las hubiera, y liquidar importes de inscripción, venta o alquiler de material destinado para tal fin, si procediese. Art.13 El contacto con otros clubes se realizara por medio de la Directiva. Si algún miembro del club tuviera contactos con otros clubes, se encargará de poner en contacto a ambas directivas o representantes. Art.14 Las partidas estarán reflejadas (Lugar, fecha, hora,…..) en el foro del Club. Art.15 Aquellos miembros del Club que deseen invitar a personas ajenas al club a realizar actividades promovidas. Se ha de comunicar al Club la participación de dichas personas y facilitar sus datos personales. Art.15.1 Las personas que ajenas al Club y sean invitados a realizar actividades en él, deberán cumplir las normas expuestas en este documento. Art.15.2 El Club decidirá si aprueba la participación del invitado en la actividad o por si el contrario no es aceptado.
Capitulo V Art.16 A la actual normativa, se pueden añadir más artículos, según sean necesarios o si se cree conveniente, bajo votación de los miembros del club. Normas de Juego Art.1 Requisitos Los jugadores de Airsoft deberán cumplir los siguientes requisitos para participar en las partidas jugadas bajo la presente Normativa, el incumplimiento de alguno de los requisitos supondrá la expulsión inmediata de la partida:
- Ser mayor de edad. - Cumplir la Normativa en su totalidad.
Art.2 Medidas de Seguridad para el jugador Es obligatorio el uso de gafas de protección que cumplan la norma Europea EPI-89/686/CEE (EN166) o el estándar americano ANSI Z87.1 y que impidan el paso de bolas hacia los ojos. Las gafas se deberán llevar puestas en todo momento, salvo en las zonas de seguridad habilitadas. Será obligatorio el uso de botas en las partidas. Se evitará portar elementos que puedan resultar peligrosos en caso de caída (palas, Cuchillos, etc.…) A criterio de la organización, las Medidas Personales de Seguridad podrán ampliarse, obligando por ejemplo al uso de máscaras o ropa gruesa en partidas CQB, pero nunca podrán reducirse. No se permitirá participar en partidas a las personas que muestres síntomas claros de embriaguez, anomalía psíquica aparente o que se encuentren bajo la influencia notoria de sustancias estupefacientes.
Art.3 Documentación necesaria
Los miembros del deben llevar la siguiente documentación cuando participen en una partida:
- Documento Nacional de Identidad o equivalente (Carné de Conducir, Pasaporte, Tarjeta de Residencia)
- Factura de compra o documento acreditativo de la propiedad de la réplica o réplicas que porte.
- Tarjeta de identificación que acredite al jugador como miembro de una asociación acogida a la Normativa, en caso de ser miembro
4 Límites de Velocidad y Distancias mínimas para réplicas que usen bolas de6mm.
TIPO DE RÉPLICA VEL. MÁXIMA FPS M/S DISTANCIA MÍNIMA PISTOLA 330 100,58 5m ESCOPETA 350 106,68 5m SUBFUSIL 350 106,68 5m FUSIL 350 106,68 5m AMETRALLADORA APOYO 400 121,92 15m FRANCOTIRADOR SEMIAUTO 450 137,16 20m FRANCOTIRADOR CERROJO 550 167,64 2 25m
Todas las réplicas pasarán la prueba del Cronógrafo para medir su velocidad antes de comenzar la partida, con bolas de 6mm de 0,20 gramos y el Hop-Up regulado al mínimo. Para las réplicas que puedan tirar a más de 350 fps (Ametralladoras de Apoyo y Francotirador Semi o Cerrojo), se recomienda llevar una réplica secundaria (Pistola, Escopeta, Subfusil o Fusil), que permita disparar a distancias más reducidas, que nunca podrán ser inferiores a 5 metros. Para consultar los requisitos que una réplica debe cumplir para ser considerada de Apoyo o de Francotirador, consultar el Anexo I
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